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Mostrando entradas de 2014

Las NIIF NO tendrán efectos tributarios

Uno de los temas que mayor importancia cobró con el  proceso de convergencia a NIIF  radicó en la convivencia entre este nuevo marco normativo y las normas tributarias vigentes. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha reglamentado al respecto mediante el Decreto 2548 del 2014. Dentro de lo que trae el documento podemos resaltar lo siguiente: -)  El artículo 165 de la Ley 1607 del 2012 habló de un periodo de 4 años en el cual las remisiones contenidas en las normas tributarias a las normas contables se mantendrían vigentes luego de la entrada en vigencia de las NIIF. El presente decreto precisa que este periodo para cada uno de los diferentes grupos dentro de la implementación de   las NIF  será:   Inicia Culmina Grupo 1 1° de enero del 2015 31 de diciembre del 2018 Grupo 2 1° de enero del 2016 31 de diciembre del 2019 Grupo 3 1° de enero del 2015 31 de diciembre del 2018 -)  Durante los periodos mencionados previamente, cuando para la

OBLIGADOS A LLEVAR CONTABILIDAD

Según lo dispuesto en el artículo 19 del Código de Comercio, está obligado a llevar contabilidad, de todas sus operaciones diarias y conforme a las prescripciones legales, todo aquél que sea considerado comerciante independientemente de si es una persona natural o jurídica.Dicha obligación de llevar libros de contabilidad, tiene su origen por mandato del numeral 3 del artículo 19 del Código de Comercio, el artículo en mención cita textualmente: Es obligación de todo comerciante: 3) Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales. Pero, ¿quién es considerado comerciante? Será considerado comerciante toda persona natural o jurídica que realice habitualmente alguna de las actividades económicas que la ley considera como mercantil; algunas de dichas actividades han sido indicadas en el Código de Comercio en su artículo 20. Para conocer dichas actividades puede consultar el artículo  ¿Qué actividades son consideradas mercantiles? Sin embargo, dic

ACEPTACIÓN DE COSTOS Y DEDUCCIONES EN EFECTIVO

DEDUCCIÓN PARA PAGOS EN EFECTIVO El artículo 26 de la ley 1430 del 2010 que adiciono el artículo 771-5 del Estatuto Tributario estableció a partir del año gravable 2014 restricciones al uso del efectivo en las transacciones que para la persona jurídica o natural pretenda su reconocimiento fiscal como costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables Medios De Pagos Aceptados Fiscalmente Sin Restricción: Los pagos que efectúen los contribuyentes o responsables deberán realizarse mediante alguno de los siguientes medios de pago: Depósitos en cuentas bancarias, giros o transferencias bancarias Cheques girados al primer beneficiario Tarjetas de crédito, tarjetas débito u otro tipo de tarjetas o  Bonos que sirvan como medios de pago en la forma y condiciones que autorice el Gobierno Nacional. Lo dispuesto en el artículo 771-5 del E.T no impide el reconocimiento fiscal de los pagos en especie ni la utilización de los demás modos de extinción de las obligaciones distintos

VIDEO 7 HABITOS DE UN AUDITOR EFECTIVO

http://vimeo.com/28311838

VIDEO AUDITORIA FINANCIERA

Una dramatizacion de lo que no se debe hacer en la Auditoria financiera. http://youtu.be/EiQ1JHdaBRo

Hijos menores declaran renta

En Colombia el sujeto pasivo del impuesto de renta no hace diferencia entre mayor o menor de edad, así las cosas si un menor de edad adquiere la obligación de presentar declaración de renta si cumple con alguno de los requisitos, debe realizar dicha declaración y quien tenga la patria potestad deber representarlo. Acá un concepto de la Dian. Oficio 013347  07-02-2008 DIAN Tema : Renta -Procedimiento Descriptor:  Tratamiento tributario a compra de acciones a nombre de hijos menores de edad. *** Señor FABIO DOUGLAS LÓPEZ SIERRA Calle 9 No. 2-53 Facatativá (Cundinamarca) Cordial saludo Sr López: Plantea algunas inquietudes respecto del tratamiento tributario al que está sometida la compra de acciones a nombre de hijos mayores y menores de edad, así para efectos del impuesto sobre la renta su primera pregunta es acerca de quién debe declarar las acciones y la segunda, para adquirentes de las acciones a nombre de sus hijos, bajo qué figura se deben registrar y decl

DECLARACIONES DE IVA PRESENTADAS EN PERIODOS DIFERENTES

Hay contribuyentes que han presentado las declaracuines de IVA en periodos que no son los de ellos, caso en los cuales dichas declaraciones NO tienen efecto legal. Para subsanar esto deberan realizar una nueva declaracion. Leer Paragrafo 2 de esta ley. DECRETO 1794 DE AGOSTO DE 2013 Artículo 24 . Nuevos periodos gravables del impuesto sobre las ventas: declaración y pago . De conformidad con lo dispuesto en el artículo 600 del Estatuto Tributario, los periodos gravables del impuesto sobre las ventas son bimestral, cuatrimestral y anual, según que se cumplan los presupuestos allí establecidos para cada periodo, los cuales son de obligatorio cumplimiento. Parágrafo 1°. Los nuevos responsables del impuesto sobre las ventas que inicien acti­vidades durante el ejercicio deberán presentar su declaración y pago de manera bimestral, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del parágrafo del artículo 600 del Estatuto Tributario. Parágrafo 2° . Los responsables cuy

Se acerca Declaración de Renta Personas Naturales

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USTED ESTÁ EN: ECONOMÍA Compartir:     En menos de mes y medio comienzan los plazos para que las personas naturales en Colombia presenten la declaración de renta correspondiente al año gravable 2013. Según cálculos de la Dian, este año, el número de declarantes aumentará en cerca de 750.000 personas que se sumarán al 1.400.000 que ya vienen cumpliendo con esta obligación. Es decir, alrededor de 2.100.000 contribuyentes (empleados, trabajadores por cuenta propia y otros) deberán alistarse para presentar su declaración a partir del 12 de agosto y hasta el 22 de octubre. Este año entran en aplicación los cambios introducidos en la pasada reforma tributaria, en lo que a la presentación de la declaración de la renta se refiere. Se estrenará el Iman (Impuesto Mínimo Alternativo Nacional), sistema obligatorio que aplica exclusivamente para los clasificados como empleados y el Imas (Impuesto Mínimo Alternativo Simple), método simplificado y voluntario tanto para empleados como t

SANCIONES POR EXÓGENA TRIBUTARIA

SANCIONES DE LA INFORMACIÓN EXÓGENA: En relación con la información exógena tributaria exigida por la DIAN, se encuentran vigentes varias normas que configuran el régimen sancionatorio aplicable a quienes no la suministren o lo hagan extemporáneamente, con errores o la corrijan. La información que no se suministre estando obligado, o que se entregue extemporáneamente o con errores, será objeto de alguna de las siguientes dos sanciones: Una sanción económica que podría llegar hasta $412.275.000. Desconocimiento de los pasivos, costos y gastos y rentas exentas de la declaración de renta, y desconocimiento del IVA descontable en las declaraciones de IVA. Si la falta consiste en… + Información exigida sobre cifras que no son suministradas o son suministradas en forma extemporánea, se aplicará hasta el 5% de la sumatoria de dicha información, sin que en valores absolutos exceda los $412.275.000. + Información exigida sobre cifras que son suministradas en forma oportuna y exacta, per

OBLIGADOS A PRESENTAR INFORMACION EXOGENA 2013

  La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, definió mediante Resolucion 273 de diciembre 10 de 2013 , el grupo de personas naturales, jurídicas, sociedades, asimiladas, y demás entidades obligadas a presentar la información exógena tributaria correspondiente al año gravable 2013, a que se refiere los literales a), b), c), e), f), g), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario, así como los formatos, especificaciones técnicas, plazos y medios para suministrar la información. Obligados a presentar información exógena tributaria y tipo de información a suministrar por el año gravable 2013. De conformidad con los artículos 19 y 20 de la Resolución 000273 de 2013, los siguientes son los sujetos obligados a reportar la información exógena tributaria de que trata el artículo 631 del Estatuto Tributario por el año gravable 2013 y los formatos que deberán suministrar: 1. Las personas naturales y asimiladas , que en el año gravable 2012 hayan obtenido ingresos brutos su

IMPUESTO CREE

  Con la ley 1607 del 2012 disminuye la tarifa del impuesto de renta y se crea el nuevo impuesto del CREE. Durante los años 2013 al 2015 sera del 9%. A partir del 2016 del 8%. A cambio de este nuevo impuesto, todas las personas jurídicas contribuyentes de renta, sin importar cuantos empleados tengan y las personas naturales que tengan más de dos empleados no pagan ciertos aportes parafiscales cómo el SENA (2%), ICBF (3%) a partir de abril del 2013, pago que se hizo en mayo, y del 8,5% del aporte a la EPS a partir del pago de enero del 2014 sobre cada uno de sus trabajadores asalariados los cuales devenguen menos de 10 SMMLV. Las personas naturales empleadoras que lleguen a tener mas de dos (2) trabajadores vinculados laboralmente tambien dejarian de hacer esos aportes de nomina y sin embargo " NO estaran sujetas al Impuesto sobre la Renta para la equidad CREE. CONTRIBUYENTES SUJETOS PASIVOS DEL CREE  los únicos sujetos pasivos de este impuesto son los siguientes entes jurídicos
Video de Auditoria Financiera https://www.youtube.com/watch?v=vYdqwZSUFYw
LAS NIIF (IFRS) son estados financieros y NO registros contables. Muchos de nosotros los contadores nos estamos preocupando por el plan unico de cuentas de la NIIF, como realizamos los registros contables y nos olvidamos de su esencia que es la informacion financiera . Aca les dejo este enlace de un experto en la materia el Dr Edmundo Alberto Florez en Actualicese.com en el que nos alerta sobre como se debe abordar el tema de las NIIF. http://actualice.se/8e3p

AGENTES DE RETENCION

Quienes son y cuáles son sus responsabilidades . El estado colombiano, como una medida para recaudar anticipadamente un impuesto, ha recurrido a la figura de la Retención en la fuente. Esta figura consiste en que cada vez que se efectúe una operación sujeta a un impuesto, se retenga un valor por concepto de dicho impuesto. Por regla general, la retención debe practicarla la persona que realice el pago, siempre y cuando la persona retenida sea sujeto pasivo del impuesto que origina la retención, y que además, el concepto por el cual se va a retener, efectivamente sea un concepto sujeto a retención. Las personas encargadas de practicar la retención se denominan Agentes de retención, y la norma señala expresamente quiénes son estos agentes. Agentes de retención en renta Al respecto el artículo 368 contempla: Quienes son agentes de retención . Son agentes de retención o de percepción, las entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondo