RETENCIÓN EN LA FUENTE EN ENERO Y FEBRERO DE 2017 POR RENTAS DE TRABAJO
El principal cambio al artículo 383 del ET consistió
en establecer a quienes se les debe
aplicar esta tabla. Se debe aplicar a los siguientes grupos de personas
naturales:
a. Los asalariados y pensionados del sector público
o privado. La norma no menciona a los
“empleados”, ya que dicha categoría
tributaria no existe desde enero 1 de 2017.
b. Aquellas personas naturales que devenguen honorarios
o compensaciones por servicios personales y que manifiesten
que no tienen 2 o más personas subcontratadas.
Si hay un contrato firmado del que se especifique que recibirán pagos mensuales,
entonces la retención se causará sobre el valor mensualizado del mismo.
Ahora bien el parágrafo transitorio del artículo 383
estableció una disposición difícil de interpretar. Allí se lee: “La
retención en la fuente de que
trata el presente artículo se aplicará a partir del 1 de marzo de 2017;
en el entre tanto se aplicará el sistema de retención aplicable antes de la
entrada en vigencia de esta norma”.
La única novedad dentro del artículo 383 del ET
consistió en establecer que la tabla allí contenida también se aplicará a las
personas destacadas en el literal b)., ahora bien durante los meses de enero y
febrero solo a los del numeral a. y a
partir de marzo de 2017 a las dos (2) tipos de personas de los numerales a y b.
Podríamos concluir
que entre enero y febrero de 2017 se practicaría el sistema de retención
que existía antes de la entrada en vigencia de la Ley 1819 a las personas que
cobren honorarios o prestación de servicios personales. Ósea las tradicionales del 10%, 4%, 3,5%, etc. Ya que desde enero 1
de 2017 no existe la categoría de
“empleados”.
Esto debió aclararlo el Gobierno, hoy 1 de febrero de
2017 no lo ha hecho.
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