RETENCIÓN EN LA FUENTE EN ENERO Y FEBRERO DE 2017 POR RENTAS DE TRABAJO

El principal cambio al artículo 383 del ET consistió en establecer  a quienes se les debe aplicar esta tabla. Se debe aplicar a los siguientes grupos de personas naturales:
a. Los asalariados y pensionados del sector público o privado. La norma no menciona a los “empleados”, ya que dicha  categoría tributaria no existe desde enero 1 de 2017.
b. Aquellas personas naturales que devenguen honorarios o compensaciones por servicios personales y que manifiesten que no tienen 2 o más personas subcontratadas.
Si hay un contrato firmado del que se  especifique que recibirán pagos mensuales, entonces la retención se causará sobre el valor mensualizado del mismo.
Ahora bien el parágrafo transitorio del artículo 383 estableció una disposición difícil de interpretar. Allí se lee: “La retención en la fuente de que trata el presente artículo se aplicará a partir del 1 de marzo de 2017; en el entre tanto se aplicará el sistema de retención aplicable antes de la entrada en vigencia de esta norma”.
La única novedad dentro del artículo 383 del ET consistió en establecer que la tabla allí contenida también se aplicará a las personas destacadas en el literal b)., ahora bien durante los meses de enero y febrero solo a los del numeral  a. y a partir de marzo de 2017 a las dos (2) tipos de personas de los numerales a y b.
Podríamos concluir  que entre enero y febrero de 2017 se practicaría el sistema de retención que existía antes de la entrada en vigencia de la Ley 1819 a las personas que cobren honorarios o prestación de servicios personales. Ósea las tradicionales  del 10%, 4%, 3,5%, etc. Ya que desde enero 1 de 2017  no existe la categoría de “empleados”.

Esto debió aclararlo el Gobierno, hoy 1 de febrero de 2017 no lo ha hecho.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Revisores Fiscal en NIIF

LAS ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO TIENE PLAZO HASTA 30 DE ABRIL DE 2018 PARA SOLICITAR SU PERMANENCIA

Hijos menores declaran renta