RETENCIÓN DEL 10% O EL 11% PERSONAS NATURALES
Existen dos tarifas de retención por honorarios. Una del 10% y una del 11%. Existe confusión entre los contribuyentes y entre los mismos contadores sobre cuando aplicar una tarifa u otra. Por regla general, se dice que si el beneficiario del pago es una persona no obligada a declarar renta, la tarifa por honorarios será del 10%, y si la persona está obligada a declarar renta, la tarifa será del 11%. Pero si miramos con detenimiento el artículo 1 del decreto 260 de 2001, reglamentario del artículo 392 del ET lo que se interpreta es algo un poco diferente. Este decreto en ningún momento se hace referencia a que la persona debe estar obligada a declarar renta para aplicarle la tarifa del 11%. Lo que dice el decreto reglamentario (que es el que se aplica), es que se aplicará una tarifa del 11% en los siguientes casos: a) Cuando del contrato se desprenda que los ingresos que obtendrá la persona natural beneficiaria del pago o o abono en cuenta superan e...