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DESPIDO DEL TRABAJADOR POR INCUMPLIMIENTO DE METAS

Es necesario revisar si en la legislación colombiana se puede despedir un trabajador por justa causa por el incumplimiento de algunas metas trazadas. Como se sabe, el empleador tiene la plena potestad para ordenar a sus subordinados el cumplimiento de una serie de metas en un plazo determinado; el establecimiento de estas varía tanto como los tipos de trabajo o funciones que se acuerden contractualmente entre el empleador y el empleado.  En consecuencia pueden presentarse casos en los cuales se dan cargas laborales excesivas para el trabajador y por lo tanto se podría decir que el empleador tendría el derecho de despedirlo por justa causa alegando rendimiento deficiente. Aunque esta decisión del empleador es legítima, también se deben realizar ciertos procedimientos con el objeto de que esta causal no sea injusta y se convierta en mecanismo para despedir a cualquier trabajador.  En primer lugar debemos mencionar que son consideradas como justas causas para la terminación del contrato d

Sanciones del RUT

El RUT- Registro Único Tributario- es por medio del cual las personas y entidades jurídicas se identifican ante la DIAN. El artículo 658-3 del ET señala cuatro razones que dan lugar a sanción, por eso es necesario conocerlas para evitarlas. Por no inscribirse en el RUT, antes del inicio de la actividad, por parte de quien esté obligado a hacerlo:  la DIAN podrá clausurar el establecimiento, sede, local, negocio u oficina, por el término de un (1) día por cada mes o fracción de mes de retraso en la inscripción; o una multa equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso en la inscripción, para quienes no tengan establecimiento, sede, local, negocio u oficina. Por no exhibir en lugar visible al público la certificación de la inscripción en el RUT, por parte del responsable del régimen simplificado del IVA:  la DIAN podrá clausurar o cerrar el establecimiento, sede, local, negocio u oficina, por el término de tres (3) días. Por no actualizar la información dentro del m

Revisores Fiscal en NIIF

“La internacionalización y convergencia de las Normas Contables hacia las NIIF no afectan en nada el ejercicio de fiscalización que realiza un Revisor Fiscal.” En forma general, el Código de comercio, en su artículo 207 contempla las funciones de la revisoría fiscal: “1. Cerciorarse de que las operaciones que se celebren o cumplan por cuenta de la sociedad se ajustan a las prescripciones de los estatutos, a las decisiones de la asamblea general y de la junta directiva. 2. Dar oportuna cuenta, por escrito, a la asamblea o junta de socios, a la junta directiva o al gerente, según los casos, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la sociedad y en el desarrollo de sus negocios. 3. Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia de las compañías y rendirles los informes a que haya lugar o le sean solicitados. 4. Velar por que se lleven regularmente la  contabilidad  de la sociedad y las actas de las reuniones de la asamblea, de la j